miércoles, 4 de mayo de 2011

Deficiencias de la Ley Sinde


Aunque un juez intervienga en varios puntos del proceso de actuación de la Comisión de Propiedad Intelectual, es justamente ese el primer y mayor problema: la denuncia y el propio hecho de determinar si hay falta se hace por una vía administrativa (es decir, un organismo del gobierno) y no por la vía judicial (es decir, una decisión hecha en juzgado, por jueces). ¿Por qué es este el mayor problema?:

1.      Porque se vulnera un derecho y liberatad fundamental en España: la libertad de expresión. Que un organismo administrativo designado por un Ministerio (en este caso, el de Cultura) formado por personas que no conocemos, con facultades que desconocemos, se les otorgue tal poder y tal responsabilidad no solo es una falta de respeto a la ciudadanía, es darle una bofetada al sistema jurídico español.

2.      Porque la actuación del juez en todo el proceso se limita al derecho de autorizar o no aquello que la comisión determinó. El juez no se ve involucrado ni tiene voz durante el desarrollo del proceso mismo. Por definición, la ausencia judicial en el proceso no garantiza que las decisiones de la comisión sean justas.

El segundo gran problema de la Ley Sinde es su origen. En diciembre se reveló por medio de las filtraciones de Wikileaks que la Disposición Final Segunda se gestó y redactó a partir de fuertes presiones de lobbys estadounidenses representantes de las industrias audiovisuales (es decir, los estudios y las discográficas). Toda la ley está “manchada” de las intervenciones de estas grandes empresas, al defender a toda costa sus intereses y arrastrar los derechos fundamentales de los ciudadanos españoles.


El tercer gran problema de la Ley Sinde es su tremenda falta de claridad con respecto a sus límites. Gran parte de la discusión (para bien y para mal) se ha centrado en la necesidad de regulaciones que impidan que, por medio del internet, algunas personas se lucren con el trabajo ajeno. El problema es que no es claro qué se penalizará y qué no. Aún más grave es que no necesariamente se tiene que probar el daño, sino que hay una posibilidad de causar daño (la existencia de enlaces a contenido con Copyright, por ejemplo).


El cuarto gran problema es la existencia de un blacklist o una lista negra controlada por la Comisión de la Propiedad Intelectual. En caso que los contenidos “infractores” no se encuentren dentro de España (ya sea que la empresa de hosting sea extranjera, o los servidores están en otro país o la persona en cuestión no viva en España) entonces podrán pedir que el IP o el dominio en cuestión sea bloqueado.
No creo que sea necesario explicar los peligros que la lista negra de sitios y direcciones IP que no pueden ser accedidos mientras estás dentro de España esté en control de unas cuantas personas. Esto es una muralla digital China en potencia.

7 comentarios:

  1. yo estoy en contra de la ley sinde me parece que es injusto que no podamos ver series en internet felicidades x la web

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  2. Y ya no es solo el hecho de que no podamos ver series por internet, sino nuestra libertad como personas de poder acceder a la información que queramos, cuando queramos y como queramos

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  3. represion=revolucion.
    se lo estan buscando ellos mismos

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  4. la ley sinde en sí es una deficiencia

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  5. si es que no nos deben de quitar el derecho a la libertad de expresión!

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  6. estoy de acuerdo con eso de la muralla digital china jeje es un buen término para expresar lo que es en realidad esta ley!

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  7. tiooo se toman las cosas demasiado en serio
    la gente es libre de descargar y de compartir archivos
    paaz

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