miércoles, 11 de mayo de 2011

Caso práctico: la ley puede morir en año y medio

El supuesto, en resumidas cuentas, es el siguiente: una web de descargas (o sea, que señala a través de enlaces donde está un contenido protegido) es clausurada por la comisión administrativa. La web en cuestión recurre el fallo ante la instancia judicial pertinente. Ésta última, pasado un año y medio (plazo orientativo, teniendo en cuenta la tempos de la justicia española), falla que el cierre carece de fundamento jurídico. Es algo que puede suceder perfectamente. Al fin y al cabo, en repetidas ocasiones la jurisprudencia ha establecido que enlazar contenidos protegidos no constituye una violación de la propiedad intelectual. Esa resolución judicial dejaría en evidencia el sentido y la solidez de la ley Sinde.

5 comentarios:

  1. xd, son malos asta oprimiendo, panda de payasos

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  2. Hasta ellos mismos saben que esto puede ocurrir, pero da =, la cuestión es dar por saco y desviar nuestra mirada, atraer nuestra atención y hacer daño!

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  3. todos sabemos que La ley sinde carece de sentido y opino que no se debe de aplicar ya que como esta entrada dice no viola la propiedad intelectual

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  4. Cuando salga la ley y si es que sale, no durará ni un día
    la gente se aburrirá tanto en sus casas y saldran a la calle xra asaltar el gobierno
    no al cierre de webs!

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  5. estoy de acuerdo
    que haremos sin esas tardes aburridos en casa viendo series en la red?
    no lo quiero ni imaginar

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